Insolvencia

Insolvencia de Persona Natural

Reorganice legalmente sus deudas, proteja su patrimonio y recupere su estabilidad financiera.

¿Qué es la insolvencia de persona natural?

El régimen de insolvencia de la persona natural no comerciante, regulado por la Ley 1380 de 2010 y flexibilizado por la Ley 2445 de 2025, es un mecanismo legal que permite a una persona natural reorganizar sus deudas y proteger su patrimonio cuando no puede cumplir con sus obligaciones financieras. Busca un acuerdo de pago con los acreedores o, en su defecto, la liquidación de bienes para saldar las deudas y recuperar la estabilidad financiera.

Es un proceso judicial ante un centro de conciliación o notaría que busca resolver la situación de cesación de pagos de una persona natural no comerciante. Tiene dos modalidades principales: la reorganización, donde se busca un acuerdo de pago con los acreedores que permita conservar los bienes; y la liquidación, donde algunos bienes pueden destinarse al pago de deudas, respetando los bienes inembargables protegidos por la ley.

Marco Legal
  • Ley 2445 de 2025

    Modifica el régimen de insolvencia de la persona natural no comerciante y de la pequeña comerciante (Título IV del CGP).

  • Ley 1564 de 2012 (CGP)

    Código General del Proceso. Contiene el régimen de insolvencia de la persona natural.

  • Código de Comercio — Art. 19

    Define los deberes del comerciante; la pequeña comerciante debe acreditar al menos el primero.

  • Constitución Política

    Protege la libertad de empresa, la propiedad y la dignidad de las personas.

El Proceso

Cómo trabajamos su caso

01

Diagnóstico financiero

Analizamos su situación de deudas, ingresos y patrimonio para determinar la viabilidad del proceso.

02

Inicio del trámite

Presentamos la solicitud ante el centro de conciliación o notaría competente con la documentación requerida.

03

Reorganización

Buscamos un acuerdo de pago con los acreedores que le permita conservar sus bienes y pagar en condiciones viables.

04

Liquidación (si aplica)

Cuando no es posible el acuerdo, se adelanta la liquidación de bienes respetando los bienes inembargables.

05

Recuperación financiera

Concluido el proceso, se obtiene la paz financiera y la posibilidad de reinsertarse en el sistema crediticio.

Nuestra Labor

Cómo le ayudamos

Evaluación estratégica

Determinamos la modalidad más conveniente para su caso: reorganización o liquidación.

Representación en el proceso

Lo acompañamos en cada etapa del trámite de insolvencia ante las autoridades competentes.

Protección patrimonial

Velamos por la conservación de los bienes inembargables y la viabilidad del acuerdo de pago.

Puntos Clave

  • Permite reorganizar deudas y proteger el patrimonio.
  • Dos modalidades: reorganización y liquidación.
  • Existen bienes inembargables protegidos por la ley.
  • Busca la recuperación de la estabilidad financiera.
Preguntas Frecuentes

Resolvemos sus dudas

¿La insolvencia me permite conservar mis bienes?+

Depende del proceso. En la reorganización se busca un acuerdo de pago que permita conservar los bienes. En la liquidación, algunos bienes pueden destinarse al pago de deudas, pero existen bienes inembargables protegidos por la ley que se conservan.

¿Quién puede acceder a este régimen?+

Las personas naturales no comerciantes que se encuentren en cesación de pagos o incapacidad de pago inminente y busquen un acuerdo con sus acreedores o la liquidación de bienes para recuperar la estabilidad financiera.

Hablemos de su caso

¿No puede cumplir con sus deudas? Hablemos.

Escríbanos por WhatsApp y un abogado de nuestro equipo le atenderá para evaluar su situación.

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